█ ██ ███ █████ INFORMACIÓN GENERAL
Se informa a los ciudadanos que deban realizar el trámite de Supervivencia que el mismo tiene por finalidad acreditar la existencia del beneficiario con residencia real o provisoria en el exterior, a efectos del cobro de jubilaciones, pensiones o retiros comprendidos en los regímenes previsionales de la República Argentina.
█ ██ ███ ███ ¿CÓMO Y CUÁNDO SE REALIZA EL TRÁMITE?
La Supervivencia se realiza de manera virtual, sin necesidad de concurrir presencialmente al Consulado, mediante videollamada (WhatsApp).
Día: todos los viernes hábiles
Horario: de 10 a 15hs
Turno: no se requiere turno previo
█ ██ ███ ██ REQUISITOS
Al momento de la realización del trámite (videollamada), el interesado deberá:
- Tener a mano el documento Nacional de Identidad (DNI), o equivalente válido para acreditar su identidad. Preferiblemente, se sugiere utilizar aquél que figura en el beneficio previsional que se goza.
- Imprimir y completar el formulario correspondiente con los datos personales del beneficiario. El formulario no deberá estar firmado al momento de la videollamada.
█ ██ ███ ██ VALIDEZ CERTIFICADO CON FIRMA DIGITAL
La Ley N° 27.446 estableció que los documentos oficiales electrónicos firmados digitalmente, los expedientes electrónicos, las comunicaciones oficiales, las notificaciones electrónicas y el domicilio especial constituido electrónico de la plataforma de trámites a distancia y de los sistemas de gestión documental electrónica que utilizan el Sector Público Nacional, las provincias, el Gobierno de la CIUDAD AUT NOMA DE BUENOS AIRES, Municipios, Poderes Judiciales, entes públicos no estatales, sociedades del Estado, entes tripartitos, entes binacionales, Banco Central de la REPÚBLICA ARGENTINA, en procedimientos administrativos y procesos judiciales, tienen para el Sector Público Nacional idéntica eficacia y valor probatorio que sus equivalentes en soporte papel o cualquier otro soporte que se utilice a la fecha de entrada en vigencia de la citada medida, debido a su interoperabilidad que produce su reconocimiento automático en los sistemas de gestión documental electrónica, por lo que no se requiere su legalización.
La implementación de este enfoque estratégico de la política de modernización administrativa se puso en marcha mediante el Decreto Nº 561/16, que dispuso la implementación del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) en las entidades y jurisdicciones enumeradas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 que componen el Sector Público Nacional.
█ ██ ███ █ INFORMACIÓN ADICIONAL
Las instrucciones detalladas y el formulario correspondiente se encuentran disponibles en el instructivo de supervivencia adjunto.
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