Los ciudadanos argentinos que figuren inscriptos en el padrón de esta Sede pueden votar en las elecciones nacionales (generales legislativas y presidenciales) si así lo desean. En el exterior no se vota en las elecciones primarias (P.A.S.O.) ni en las provinciales. El voto en el exterior es siempre voluntario.
La inscripción en el padrón la realiza automáticamente la Cámara Nacional Electoral (CNE) a partir de la información que recibe del RENAPER sobre el último domicilio del elector en su DNI.
En cada año electoral, la CNE publica el padrón provisorio a fin de que los electores consulten sus datos de registro y puedan proceder a realizar reclamos en el supuesto de errores. Es responsabilidad exclusiva del elector verificar su correcta inscripción en el padrón provisorio. Una vez vencido el plazo de reclamos, los datos del padrón no podrán modificarse.
El elector que figure inscripto para votar en el padrón de la República Argentina y tenga entre 18 y 70 años deberá justificar su ausencia ya que en la República el voto es obligatorio para esa franja etaria.
La justificación de la no emisión de voto se realiza on line en el sitio web de la CNE y por un plazo de 60 días contados a partir de la fecha del comicio.
Toda la información sobre las elecciones la encontrará en:CNE
¿Qué hacer si usted vive ene l exterior y fue citado como autoridad de mesa en Argentina?
Si Ud. vive en el exterior y fue citado como autoridad de mesa en la República Argentina puede excusarse directamente en el sitio Web de la Cámara Nacional Electoral