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Apostilla y legalización de documentos canadienses

█ ██ ███ █████ APOSTILLADO DE DOCUMENTACIÓN CANADIENSE

A partir del 11 de enero de 2024 entró en vigor para Canadá el Convenio de la Apostilla de La Haya para reconocimiento de documentos internacionales. Como consecuencia, siendo tanto la República Argentina como Canadá partes de la citada Convención, los documentos canadienses deben estar apostillados  para tener validez en nuestro país.

Los documentos canadienses deberán ser apostillados por la autoridad correspondiente al lugar y/o autoridad emisora del mismo:

  • Autoridad provincial (Ontario, Quebec, Alberta, BC y Saskatchewan).
  • GAC (Demás provincias y territorios)

Las únicas excepciones son los documentos de índole comercial (documentos administrativos que se refieran directamente a una operación mercantil o aduanera) - Ver el siguiente apartado.

 

█ ██ ███ █████ DOCUMENTOS COMERCIALES CANADIENSES

Los documentos comerciales pueden ser legalizados también por la Cámara de Comercio de Canadá, en las siguientes oficinas:  

 

  • Montreal  
  • 1155 University Street
  • Suite 709
  • Montreal, QC H3B 3A7
  • Tel.: 514 866-4334
  • Fax: 514 866-7296
  • Email: info@chamber.ca  

 

  • Ottawa
  • 360 Albert Street
  • Suite 420
  • Ottawa, ON K1R 7X7
  • Ph.: 613 238-4000
  • Fax: 613 238-7643
  • Email: info@chamber.ca  

 

Los certificados de Origen deben ser intervenidos por las Representaciones Consulares con jurisdicción en el país de origen de las mercaderías cuando se trata de operaciones de exportación hacia la República Argentina.

 

No obstante, según las disposiciones de la Resolución de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería N° 305 y de la Instrucción General de la Aduana N° 088/99, para el caso de certificaciones exigidas en razón de tratarse de mercaderías originarias de países no miembros de la OMC, se acepta que cuando las mismas proceden de un país distinto al de origen, el Consulado con jurisdicción en el país de procedencia intervenga una copia o fotocopia, a partir del original, del duplicado o del triplicado del certificado original emitido en el país de origen de las mercaderías (país no miembro de la OMC) a efectos de confrontar que la copia guarda similitud con el documento que se presenta.

 

Intervención consular (legalización).

  • Vigencia: Se deberá computar la vigencia del certificado de origen que se presente, en ciento ochenta (180) días desde la fecha de intervención del Consulado Argentino en el país de procedencia, siempre y cuando se trate de documentos emitidos hasta un (1) año de la fecha de la intervención.
  • Declaración Jurada: En el reverso del certificado de origen, el exportador hacia la República Argentina, el cual deberá haber sido el comprador de la mercadería al proveedor del país de origen de las mismas, indicará con carácter de declaración jurada los siguientes datos:

          a) Importador en la República Argentina;

          b) Fecha y número de factura comercial por la cual el

              exportador hacia la República Argentina hubiera comprado

              la mercadería a un proveedor del país de origen de la misma; y

          c) Cantidad del total de la mercadería consignada en el certificado que se reexporta a la República Argentina.

  • Autenticación: El certificado con la declaración jurada deberá ser autenticado por el Departamento de Relaciones Exteriores, Comercio y Desarrollo de Canadá. Ver Autenticación - Global Affairs Canada

 

Requisitos para la factura comercial

 

La factura comercial que acompaña la solicitud de destinación de importación deberá indicar el número de certificado de origen y la descripción de la mercadería deberá corresponderse con los datos consignados en el certificado.

 

Asimismo deberá acompañarse copia de la factura comercial por el cual el exportador hacia la República Argentina hubiera comprado la mercadería a un proveedor del país de origen de la misma, intervenida por el consulado argentino en el país de procedencia. Ver "Vistos". 

 

 

Fecha de actualización: 05/06/2025